Las tutelas corresponden al derecho de los ciudadanos a conocer la información personal que obra en poder de entidades públicas y eliminar, corregir los datos inexactos o irreales. Los sectores tradicionalmente afectados por la tutela de los datos y que protagonizan el 90% de este tipo de las tutelas son la banca y las telecomunicaciones, básicamente por la inclusión indebida en ficheros de morosos y la obtención fraudulenta de información personal para contrataciones, servicios de agua, gas o telefonía.
Sin embargo, el uso de las nuevas tecnologías e Internet ha abierto un nuevo ámbito de quejas y denuncias en la Agencia Española de Protección de Datos. El año pasado, este órgano recibió las primeras reclamaciones por parte de españoles que vieron vulnerados sus derechos por la inserción de imágenes en el popular portal YouTube, o el intercambio de archivos P2P.
La publicidad es otro ámbito importante, en lo que se refiere a la protección de datos. El año pasado las principales quejas ciudadanas fueron las relacionadas con las llamadas telefónicas a móviles sin el conocimiento del usuario, o los spam, a través del correo electrónico. El pasado 21 de diciembre se aprobó un reglamento que exige el consentimiento de los padres a la hora de requerir datos personales a los menores de 14 años, a través de Internet. Tras la entrada en vigor de esta normativa, se deben utilizar técnicas que permitan autentificar la autorización paterna y comprobar la edad del menor.
Otro de los sectores más polémicos es el de la videovigilancia. Las denuncias por el uso de manera indebida de estos sistemas se han incrementado, ya que se ha dado una implantación progresiva en el ámbito laboral, el comercio y los medios de comunicación. La videovigilancia debe regirse por varios criterios: los dispositivos deben ser suficientemente visibles, aunque de la forma menos agresiva, mientras que la toma de imágenes ha de ser, según la agencia, "adecuada, pertinente y no excesiva", garantizando en todo caso el acceso y la cancelación por parte de las personas cuya imagen sea captada. Las sanciones en materia de Protección de Datos a empresas y particulares, van de los 600 euros hasta los 600.000 en los casos más graves.